En el Metro de
Medellín, gestionan los proyectos desde diferentes procesos para lograr abarcar
todas las instancias necesarias de planeación, organización, dirección y
control.
Tomamos como ejemplo
uno de sus proyectos en actual desarrollo, que es el Proyecto de Pliegos para la Alimentación al
SITVA, cuencas 3 y 6.
En aras de organizar la prestación del servicio del transporte público en la región metropolitana, al desbordar éste la jurisdicción de cada uno de los municipios y con el fin de estructurar un sistema integrado de transporte, la Junta Metropolitana del Valle de Aburrá, mediante Acuerdo Metropolitano No. 019 de 2002, declaró como hecho Metropolitano el transporte terrestre automotor bajo sus distintas modalidades. |
El Acuerdo Metropolitano No. 04 de 2007, en su
artículo 22, establece las atribuciones básicas de la Junta Metropolitana, y
en su literal i) determina que en materia de transporte le corresponde “Dictar
normas marco para implantar el transporte masivo en el Valle de Aburrá con
sujeción a la normatividad vigente”; asimismo, definir cuáles servicios
son de carácter metropolitano y adoptar las medidas necesarias para su
adecuación.
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Posteriormente, la Junta Metropolitana expidió
el Acuerdo Metropolitano No. 037 de 2007, por el cual dictó normas marco para
implantar el transporte masivo integrado en el Valle de Aburrá, con el objetivo
primordial de lograr el progreso conjunto de los municipios que conforman el
Área Metropolitana, con fundamento en el ordenamiento territorial, bajo
condiciones que reflejaran un compromiso real con el ambiente y con la calidad
de vida de toda la población metropolitana, mediante la racionalización y
optimización de la movilidad.
El Acuerdo
Metropolitano, dividió el Valle de Aburrá en nueve zonas o cuencas, a saber:
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“1. Bello Norte (límites: Costado occidental del Río
Medellín y la Av. 50ª).
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“2. Bello Sur (límites: Al Costado occidental del
Río Medellín es la Av. 50A y al costado oriental del Río Medellín es
Copacabana), San Cristobal, Comunas 5,
6, 7 de Medellín.
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“3. Comuna 16 de Medellín y los barrios
Conquistadores, UPB, Laureles; las Acacias y la Castellana de la comuna 11 de
Medellín.
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“4. Comuna 15 de Medellín, San Antonio de Prado, La
Estrella e Itagüí.
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“5. Comuna 14 de Medellín, Envigado y Sabaneta.
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“6. Comunas
1, 2, 3, 4, 8, 9 y 10 de Medellín.
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“7. Barbosa, Girardota, Copacabana.
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“8. Comunas
12 y 13 de Medellín y la Comuna 11 de Medellín, sin incluir los barrios
Conquistadores, UPB, Laureles, Las Acacias y la Castellana.
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La estructura de costos que
define la tarifa técnica por la utilización de los servicios del SIT-VA y el
ingreso requerido.
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La cuantificación de los derechos
económicos de los agentes del SIT-VA y el ingreso requerido.
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Los mecanismos de ajuste de los
costos y las tarifas del sistema en el tiempo.
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Los fondos para la estabilización
tarifaria, mejoras del sistema y las condiciones para la disposición de los
mismos.
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La estructura tarifaria del SIT-VA
se compone de tres tarifas:
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La tarifa Técnica: es el cociente
entre los costos del sistema y los pasajeros que han pagado por el servicio y
es la base del cálculo de la tarifa al usuario.
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La tarifa diferencial: Son las tarifas
especiales establecidas por la autoridad competente en función de diferentes
parámetros y usuarios, como estudiantes, adultos mayores y PMR (personas con
movilidad reducida).
Tomado del documento:2012-3633-VERSION 2 Estudios previos.pdf, en la pág: http://www.metrodemedellin.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=446&Itemid=50&lang=es
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